GUÍA DE PAÍS · REPÚBLICA DOMINICANA

Cómo funcionan las subastas judiciales en República Dominicana

La primera puja parte del precio fijado por el persiguiente. Después de la adjudicación puede existir una puja ulterior con un aumento mínimo del 20 %: es una reapertura al alza, no una segunda subasta con base rebajada.

PRIMERA PUJA Y PUJA ULTERIOR

Dos actuaciones jurídicamente distintas

CPC, arts. 708–710
Primera puja
El precio inicial se fija en el pliego de condiciones presentado por el persiguiente.
Puja ulterior
Dentro de los ocho días de la adjudicación, una persona puede ofrecer por abogado al menos un 20 % más que el precio de la primera adjudicación.
Efecto
La puja ulterior reabre la subasta y desplaza la adjudicación inicial cuando cumple los requisitos legales.
Falsa subasta
La reventa por incumplimiento del adjudicatario es otra figura y no debe clasificarse como “segundo remate” ordinario.

CLASIFICACIÓN

Cómo se muestra la convocatoria

  • “Primera puja” identifica la venta inicial cuando así conste en el aviso.
  • “Puja ulterior” se publica como reapertura al alza con mínimo del 120 % de la adjudicación anterior acreditada.
  • No se aplican etiquetas I, II o III ni descuentos automáticos si el documento no los establece.
  • El pliego, la sentencia y el aviso oficial prevalecen sobre cualquier cálculo.

FUENTES

Jurisprudencia y portal judicial

IMPORTANTE

La segunda actuación sube el precio

En este régimen, la puja ulterior exige mejorar la adjudicación previa al menos un 20 %. Clasificarla como una segunda convocatoria rebajada produciría un dato legalmente incorrecto.

Última revisión: 04/09/2026.