GUÍA DE PAÍS · PARAGUAY

Cómo funcionan los remates judiciales en Paraguay

Si el primer remate queda desierto, el acreedor puede pedir otro con una reducción del 25 % o solicitar la adjudicación por dos tercios de la primera base. Si el segundo también fracasa, procede una venta sin base.

SECUENCIA LEGAL

Primera base, segunda base y venta sin base

CPC, arts. 486–487
Primer remate
Se utiliza la base indicada por el juzgado en el edicto.
Tras el primer desierto
El acreedor puede elegir entre un nuevo remate con la base reducida un 25 % —el 75 % de la primera— o adjudicarse el bien por dos tercios de la primera base.
Tras el segundo desierto
Se ordena la venta sin base. La ficha solo la denomina “tercer remate” cuando el documento oficial usa esa expresión.
Seña
El comprador entrega en el acto el 10 % de su oferta, además de la comisión y los gastos que correspondan.

REMATES ADUANEROS DNIT

La retasa del 35 % no es el segundo remate judicial

Código Aduanero, art. 300 y ss.

La DNIT organiza eventos nacionales para mercaderías abandonadas, caídas en comiso o no vendidas. Cuando la resolución anuncia una retasa del 35 %, esa condición pertenece al procedimiento aduanero: Subastas.club la muestra literalmente y no la convierte en “II remate” judicial.

Adjudicación
Al mejor postor y en el estado en que se encuentran los bienes.
Pago
Al contado; la resolución de julio de 2026 publicó además una comisión del 4 %.
Segunda jornada
Los bienes adjudicados y no pagados el primer día pueden volver a subastarse. Esto no crea una nueva convocatoria judicial.

CLASIFICACIÓN

Qué se publica en Subastas.club

  • Primer remate: base exacta del edicto, sin recalcularla.
  • Segundo remate: 75 % de la primera base solo cuando la secuencia procesal está acreditada.
  • Venta sin base: se identifica expresamente; no se inventa una base mínima.
  • La adjudicación al acreedor por dos tercios es una alternativa al segundo remate, no una puja abierta con esa base.

FUENTES

Portales y documentos oficiales

IMPORTANTE

El edicto manda

Los porcentajes explican la secuencia general del Código. La convocatoria concreta, su base, estado y condiciones deben proceder siempre del juzgado y del edicto oficial.

Última revisión: 04/09/2026.