GUÍA DE PAÍS · PANAMÁ

Cómo funcionan los remates judiciales en Panamá

Guía práctica para interpretar la convocatoria, la base y la postura mínima publicada por el Órgano Judicial, Banco Nacional y Caja de Ahorros.

CONVOCATORIAS

I, II y tercer remate condicional

Regla panameña
I remate
La postura admisible parte normalmente de dos terceras partes de la base, salvo que el aviso disponga otra cifra.
II remate
La postura admisible parte normalmente de la mitad de la base, salvo condición expresa diferente.
III remate
No se publica necesariamente como convocatoria independiente: si el segundo queda desierto, puede celebrarse al día siguiente y admitir posturas por cualquier suma conforme al edicto.

LECTURA DEL AVISO

Qué debes comprobar

  • La indicación I, II o la redacción equivalente dentro del PDF.
  • La base oficial y la postura mínima escrita: el documento prevalece sobre cualquier cálculo.
  • El depósito o garantía exigida y el plazo para constituirla.
  • La fecha, hora, juzgado, finca o folio real y modalidad de participación.
  • El plazo para pagar el saldo, las cargas registrales y la situación posesoria.

FUENTES

Publicaciones oficiales

IMPORTANTE

El edicto manda

Esta guía es informativa. Las condiciones del aviso, el edicto y las instrucciones del juzgado u organismo prevalecen. Antes de consignar dinero, verifica la publicación original y solicita asesoramiento profesional.

Última revisión: 03/09/2026.